Opinión

ARTÍCULO: La voz de una expresión de libertad tan necesaria

Por José Luis Negrete Ávalos

Uno de los aspectos principales que destaca en el desarrollo y evolución de nuestro país, ha sido el valor que representa la Constitución Política, que hasta nuestros días sostiene y da orden a las acciones en el devenir del mismo, un instrumento legal que surgió como respuesta a las problemáticas y necesidades dadas en un contexto posrevolucionario, que su vez fue el mejor intento por asimilar la visión de aquel momento para distintos sectores sociales.

En el año de 1917, se daría la promulgación de esta ley máxima, hilo conductor de las leyes secundarias y reglamentos que, con el paso del tiempo, serían integradas por los legisladores como efecto de esas peticiones. Ante las modificaciones de acuerdo a consideraciones y adaptación a distintas circunstancias.

En referencia a este factor o circunstancia, la expresión de las ideas, la información, específicamente la libertad de prensa, es uno de los elementos que son fundamentales para observar y dar cuenta de las acciones, actuación y resultados que los servidores públicos, pretendan o realicen, esto en el artículo 7 que complementa lo descrito en el derecho a la libertad de expresión.

El pasado miércoles 15 de marzo, el Congreso aprobó con 92 votos a favor y 0 en contra, abrogar la Ley Sobre Delitos de Imprenta, dejando, sin efecto las sanciones y prohibiciones que dañaban el desempeño del ejercicio periodístico, retirando conceptos como moralidad pública, respecto al cuestionamiento de los servidores públicos en los distintos ámbitos.

En principio esto parece ser una adaptación adecuada en referencia a los derechos contenidos en esta ley superior, sumado a la intención de coincidencia con los momentos actuales, pero la pregunta que puede existir a partir de ello es si ¿La abrogación de esta ley tendrá el peso y sentido esperado?

Lo cierto es que tiene sentido en el hecho de tomar en cuenta el tiempo ya que han pasado más de  100 años desde que fuera aprobada, precisamente en 1917, aun así la realidad de nuestro país respecto al ejercicio de informar y la difusión de las ideas supera en gran medida la intención dada, radicalmente el peso y reflejo democrático que proviene de la Constitución, suele tener un mínimo efecto.

Claro está que esta idea entorno al cambio, a lo que suceda en el mejor caso, sea positivo, y favorable, dejando atrás el viejo adagio “del dicho al hecho hay mucho trecho”. En consecuencia, la espera y la opinión de cada cual es diversa y valida.

Las opiniones expresadas en este texto periodístico de opinión, son responsabilidad exclusiva del autor y no son atribuibles a El Comentario.

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