Colima

Interpreta 50+1 que una mujer debe asumir curul de Chapula

Ante la lamentable pérdida del diputado Roberto Chapula, el Congreso del Estado deberá llamar para ocupar el cargo a Alicia Meza López, quien sigue en la lista de prelación existente, señaló en una rueda de prensa la organización feminista “50 +1”.

La presidenta de “50 +1”, Leticia Zepeda, indicó que, de acuerdo al Código Electoral del Estado de Colima, en su Artículo 29 señala que la vacante de una diputación de representación proporcional deberá ser cubierta por aquel candidato o candidata del mismo partido que siga en el orden de la lista plurinominal, después de haberse asignado los diputados que le hubiesen correspondido.

Mencionó que no debe confundirse con las reglas que deben seguirse para las suplencias de las diputaciones de mayoría relativa, en donde se señala que como regla general las suplentes deben ser el mismo género a la persona propietaria.

“Dado que las diputaciones de representación proporcional no cuentan con suplentes, sino que las vacantes deben cubrirse respetando la lista de prelación correspondiente, misma que se conforma alternando géneros, por lo que al cubrirse una vacante de una diputación plurinominal, siguiendo las reglas establecidas en nuestra legislación local, debe cubrirse de manera automática con la alternancia de género, lo anterior a fin de fomentar la participación política de las mujeres y revertir las brechas históricas de desigualdad, que han sufrido en este ámbito”.

Zepeda Mesina recordó que la regla general de las suplencias de un mismo género en las diputaciones de mayoría relativa, nace con el fin de evitar que se postulara una mujer como propietaria para cubrir cuotas de participación de las mismas, y hacerlas renunciar para que finalmente accediera al cargo de elección popular un hombre.

“Las reglas de las suplencias del mismo género se establecen y reconocen en la ley a fin de proteger la participación política de las mujeres, dado que se reconoce ya por los tribunales competente, que en el caso de que un hombre sea propietario de una diputación de mayoría relativa, puede contar con una suplente y ser sustituido por una mujer, posibilidad que se estableció como acción afirmativa a favor de las mujeres en los lineamientos de paridad del Instituto Electoral del Estado de Colima para el 2020-2021”, expuso.

Pero además aclaró que en el Artículo 24 de la Constitución Política del Estado de Colima se señala el procedimiento para cubrir vacantes de candidaturas, una vez realizado el proceso electoral, ya no son candidaturas, ya se trata de una lista de prelación, por lo cual no es aplicable al caso del que se trata en este momento.

Al respecto, reiteró que en el Código Electoral se señala el procedimiento para cubrir vacantes en los cargos de diputación de representación plurinominal electas, que consiste en seguir el orden de prelación correspondiente.

Manifestó su confianza de que tanto en el Congreso del Estado, el cual cuenta con una bancada de mujeres, como en el Partido Verde, se respetará y se hará valer lo establecido por las leyes y reglamentos.

De igual manera, Lety Zepeda dio a conocer que hoy, a través de un oficio, se está solicitando a la presidenta de la bancada de Género del Congreso del Estado, Evangelina Bustamante, una reunión con todas las diputadas que integran ésta, para platicar con ellas y que tengan en consideración el tema, “y le estamos solicitando que nos informe cuándo nos podemos reunir”.

En cuanto a lo que se argumenta del Artículo 24 Constitucional, la presidenta de “50 +1”, dijo que en este no se tomó en consideración la progresividad del derechos que debe de imperar al momento de hacer modificaciones legislativas, “y además pareciera que es una acción afirmativa hacia los hombres, cosa que evidentemente no existe”.

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