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Exigen a la SCJN resolver amparo contra reformas judicial y de supremacía constitucional

Por Agencias May29,2025 #reforma judicial #SCJN
Castillo González urgió a la Corte reasumir su competencia para resolver esta demanda, porque después de agosto, con la llegada de los juzgadores electos, la afectación puede ser radical para los impartidores de justicia que serán cesados y relevados. (Imagen tomada de la web)

Un grupo de juzgadores solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver en definitiva antes de septiembre el primer amparo que invalidó en conjunto las reformas judicial y de supremacía constitucional.

Según publica Reforma en su edición digital, en un escrito presentado esta tarde en la Oficialía de Partes, el grupo encabezado por Leonel Castillo González, expresidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), urgió a la Corte reasumir su competencia para resolver lo antes posible esta demanda, porque después de agosto, con la llegada de los juzgadores electos, la afectación puede ser radical para los impartidores de justicia que serán cesados y relevados del cargo.

El amparo que solicita resolver a la SCJN fue otorgado en enero pasado por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo de Querétaro a Castillo González y decenas de jueces y magistrados contra las 2 reformas referidas.

“A pesar de la vigilancia e impulso constante de nuestra parte, ni siquiera se han podido poner en estado de sentencia, de manera que como van las cosas, el dictado de la sentencia seguramente tardará algunos meses más, y con esto, la respuesta a nuestra solicitud habría de darse después del mes de agosto del presente año, con lo que se verían afectados radicalmente varios de los quejosos, a los que se les exigiría cesar de inmediato en el puesto que desempeñan, a pesar de contar con la suspensión de los actos reclamados y el otorgamiento del amparo en primera instancia, dice el escrito dirigido al Pleno de la Corte.

“En esas condiciones, consideramos factible jurídicamente que por las circunstancias que rodean al caso, la Suprema Corte puede agilizar el procedimiento, mediante la solicitud al Tribunal Colegiado dé una copia certificada de la sentencia recurrida y algunos otros documentos, para verificar, bajo la óptica de la buena apariencia del derecho, si esos medios de impugnación están en aptitud de superar los requisitos de admisibilidad y procedencia, y el de procedencia del juicio de amparo, y en su caso acordar la reasunción pedida y entrar al estudio del fondo a la mayor brevedad posible, para superar la incertidumbre jurídica que prevalece, a pesar de que se pretenda acallar con las acciones gubernamentales cotidianas”.

Argumenta que este asunto de la mayor trascendencia jurídica porque en el amparo que le concedieron en primera instancia, el juzgado sentenció que es inconstitucional el Artículo 61, fracción I, de la Ley de Amparo, que establece que son improcedentes los amparos contra reformas a la Constitución.

Por lo anterior, estimó que los planteamientos de las autoridades federales contra ese fallo no deben ser resueltos por un tribunal colegiado, sino por la Suprema Corte, máxime que no existe sobre esta cuestión una jurisprudencia obligatoria y porque el juicio de amparo constituye el recurso efectivo exigido por los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano.

Castillo, precisó Reforma, criticó en su escrito la decisión del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), tomada en enero pasado, de concentrar en unos juzgados y tribunales de Jalisco todos los amparos que se presentaron a nivel nacional contra la reforma constitucional y de supremacía constitucional.

En su opinión ese acuerdo general del CJF carece de fundamento y sentido, y lo único que ha provocado es prolongar deliberadamente la resolución de los amparos “probablemente para que la actual integración de la Corte no alcanzara a resolverlos”.

Además, esos órganos jurisdiccionales de Jalisco desconocían totalmente estos litigios y fueron abrumados con una carga de trabajo que, en lugar de acelerar el flujo de las resoluciones, se detuvo, a tal grado que después de meses no han comenzado a resolver.

Con información de Reforma

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