La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó las 2 tesis de jurisprudencia derivadas del juicio que la cantante y actriz Sasha Sokol ganó al productor Luis de Llano Macedo, en las que se determinó que en casos de abuso sexual contra menores reclamar la indemnización es imprescriptible, informó la propia artista.
La tesis 200/2025 “establece que las relaciones impropias entre menores de edad y adultos constituyen un hecho ilícito al tratarse de violencia sexual. Por lo tanto, la víctima tiene derecho a reclamar indemnización”, explicó la cantante en un mensaje en X.
precisó que la tesis 201/2025 “determina que la acción para reclamar la indemnización es imprescriptible pues, de lo contrario, se violarían los derechos de acceso a la justicia”.
Sokol señaló en su texto que la aprobación hecha por la Primera Sala de la Suprema Corte se dio en la última sesión de su historia, el pasado viernes (29), antes de la entrada, el 1 de septiembre, de los 9 ministros de nueva SCJN, quienes ganaron la elección judicial el pasado 1 de junio.
“Celebro que antes de partir, hayan sumado a su legado jurisprudencial estas herramientas que amplían los derechos de las víctimas y contribuyen a un sistema de justicia más humano”, apuntó.
El pasado 25 junio, la SCJN determinó que no había un plazo máximo para denunciar el abuso infantil en México.
El nuevo precedente sucedió en una sesión de la Primera Sala de la SCJN, donde por unanimidad se confirmó la condena contra el productor Luis de Llano por abuso sexual en perjuicio de la cantante Sasha Sokol.
La cantante, exintegrante del grupo Timbiriche, recibió una sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en mayo de 2023, tras denunciar abuso por una relación que sostuvo con De Llano cuando ella tenía 14 años y el 39, mientras fue su representante artístico.
Aunque De Llano intentó impugnar su caso con un amparo hasta el máximo tribunal, la Primera Sala de la Corte validó la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que ya había condenado al productor por daño moral.

