El pleno del Congreso del Estado de Colima aprobó la iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto para reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima, con el objetivo de armonizarla con la Constitución federal y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, recientemente reformadas.
La aprobación se dio con 15 votos a favor, 4 abstenciones y cero votos en contra de las y los diputados presentes. El dictamen avalado señala que las modificaciones atienden los ejes prioritarios establecidos por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, entre ellos: órganos de dirección, coordinación y ejecución; desarrollo institucional y profesionalización; sistema nacional de información; centros de comando y control; y régimen disciplinario.
Uno de los cambios relevantes se concentra en el apartado relativo a los Órganos de Dirección, Coordinación y Ejecución del Sistema Estatal de Seguridad Pública, donde se incorpora la figura de las Mesas de Paz, que se constituyen como instancias de decisión ejecutiva y coordinación inmediata en materia de seguridad.
En las anteriores mesas participarán representantes del Poder Ejecutivo estatal, la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía General del Estado, la Policía de Investigación, así como las Fuerzas Armadas, la Guardia Nacional y la Zona Naval, entre otros. Asimismo, se contempla la instalación de Mesas de Paz regionales para los municipios.
En el capítulo referente al Desarrollo de las Instituciones de Seguridad Pública y sus integrantes, se reformaron los artículos 63 y 67, y se adicionó el Artículo 63 Bis, con el fin de establecer la obligación de emitir normativa específica en concordancia con la Ley General. En cuanto al Sistema Nacional de Información, el dictamen mantiene la regulación vigente al considerar que ya se encuentra alineada con la normativa federal aplicable.
Respecto a los Centros de Comando y Control, se aprobaron modificaciones y adiciones orientadas a la certificación y cumplimiento de los procesos del Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicación, Cómputo e Inteligencia del Estado (C5i), conforme a los lineamientos establecidos en la legislación general.
En materia de Régimen Disciplinario, se reformó el Artículo 58 y se adicionaron diversos artículos para homologar sanciones, procedimientos y autoridades competentes.
Esas modificaciones incorporan la clasificación de faltas, el procedimiento sancionador, las medidas precautorias, así como la regulación de las Unidades de Asuntos Internos de las instituciones de seguridad pública y los Órganos de Honor y Justicia.
Finalmente, cabe destacar que el decreto incluye ajustes orientados a emplear un lenguaje jurídico incluyente y no sexista, en concordancia con los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.

