Sáb. Mar 14th, 2026

Implementa SAT programa de Regularización Fiscal 2026

Por Agencias Ene22,2026 #SAT
Con este beneficio, las personas y empresas pueden disminuir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. (Imagen tomada de la web)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el programa de Regularización Fiscal 2026, dirigido a personas y empresas que tuvieron ingresos en el ejercicio fiscal 2024 hasta por 300 millones de pesos.

Según publica Reforma en su edición digital, con este beneficio, las personas y empresas pueden disminuir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución; si se trata de créditos fiscales integrados exclusivamente por multas, pueden acceder a una reducción de hasta el 90% de su monto, en términos de las disposiciones aplicables, dijo el SAT en un comunicado.

Este estimulo, previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026, aplica también a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas las multas distintas a las de pago o con agravantes, recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o cuotas compensatorias del ejercicio fiscal 2024 o anteriores.

“Para acceder a este beneficio, las y los contribuyentes no deben haber recibido condonaciones en los programas generalizados previos, ni haber sido beneficiados por el estímulo fiscal a que se refiere el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2025.

“Asimismo, no deben tener sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal, ni formar parte de los listados definitivos relativos a los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF)”, indicó el SAT.

El programa es aplicable a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

I. Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas autodeterminadas correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores

II. Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación

III. Contribuyentes con créditos fiscales firmes a su cargo

Con información de Reforma

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