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SAT: no es obligatoria Constancia de Situación Fiscal para emitir facturas

Por Francis Bravo Ene30,2026 #Colima #SAT
El administrador de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Colima, Luis Téllez Girón. (Video)

El administrador de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Colima, Luis Téllez Girón, aclaró que no es obligatorio que las y los contribuyentes presenten la Constancia de Situación Fiscal para que, al realizar una compra o pagar un servicio, se les emita una factura.

El funcionario federal explicó que condicionar la facturación a la entrega de dicho documento constituye una mala práctica que puede ser sancionada con multas que van de los 21 mil a los 122 mil pesos.

“Es importante explicar a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas; cuando el emisor condiciona la entrega de la factura a la presentación de la constancia, está incurriendo en una falta”, indicó.

Téllez Girón precisó que esa sanción se encuentra contemplada en el Artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, con el objetivo de erradicar esa práctica indebida por parte de negocios, establecimientos o prestadores de servicios.

Detalló que los únicos requisitos que debe proporcionar el contribuyente para solicitar una factura son: su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o denominación fiscal, Código Postal y régimen fiscal. Subrayó que la Constancia de Situación Fiscal contiene información adicional que no es necesaria para la facturación, como domicilio completo, obligaciones fiscales y, en algunos casos, números telefónicos.

Por ello, recomendó utilizar la Cédula de Datos Fiscales, documento que incluye únicamente la información indispensable para la emisión de facturas y que puede obtenerse en el portal de internet del SAT, contando con el RFC y el correo electrónico previamente registrado ante la autoridad fiscal.

Asimismo, aclaró que la Constancia de Situación Fiscal no tiene vigencia, por lo que no es necesario presentarla “actualizada”, salvo en casos donde el contribuyente haya realizado cambios en su información, como el domicilio fiscal.

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