Vie. Nov 22nd, 2024

Seis procedimientos especiales sancionadores en el actual proceso electoral: IEE Colima

Desde que inició el proceso local electoral 2023-2024, se han presentado aproximadamente 6 procesos especiales sancionadores, de los cuales 4 ya fueron turnados al Tribunal Electoral del Estado y 2 están en trámite en la Comisión de Denuncias y Quejas.

Lo anterior fue dado a conocer por la presidenta del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, María Elena Adriana Ruiz Visfocri, quien dijo que la principal causa por la cual se presentan estos procesos sancionadores, es por violencia política hacia las mujeres.

A decir de Ruiz Visfocri, esa ha sido la constante de los procedimientos especiales sancionadores, mencionando que este tipo de recursos que se presentan no se conoce a qué municipios pertenecen, e insistió en que la mayoría han sido por violencia política hacia las mujeres.

Destacó que quienes han promovido estos procedimientos, han sido funcionarias y diputadas, “pero por municipio no lo tengo separado, por lo que no podemos señalar a ningún municipio que sobresalga de los demás”.

En otra parte de la entrevista, Adriana Ruiz Visfocri dijo que en el proceso electoral actual, el Instituto Electoral del Estado tomará en consideración para registrar a los aspirantes a candidatos que no sean personas que se encuentren el supuesto de ser golpeadores, o que no pagan las pensiones a sus menores hijos.

Mencionó que “eso nosotros no lo definimos, y “nosotros lo vamos a tomar en cuenta al momento del registro de las candidaturas, porque hay un registro estatal y nacional de personas que han sido sentenciadas por ejercer violencia política en contra de las mujeres, pero quien determina eso son los tribunales electorales”.

Indicó que a nivel estatal es el Tribunal Electoral del estado y a nivel federal son las salas regionales, y a Colima le corresponde la sala regional Toluca o la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Indicó que, si ellos emiten una sentencia que diga que una persona cometió violencia política en razón de género contra una mujer, se le inscribe con esa sentencia, en ese registro y ya inscrito en ese registro, no puede ser candidato.

Dijo que ese apartado se revisará cuidadosamente y que las resoluciones de un partido político en ese sentido no tienen validez, salvo que ese partido ordene en su resolución, que se le inscriba en el registro, pero eso ya es cuestión del partido.

Ruiz Visfocri dijo que para que una persona esté inscrita en el registro, lo debe ordenar una autoridad jurisdiccional, “entonces lo que aquí puede pasar es que una persona que se sienta afectada, pueda solicitar a un tribunal que le ordene al partido que ya sancionó, que lo inscriba en el registro, porque nosotros no podemos hacer nada de eso”.

La presidenta del Consejo General del IEE mencionó también que los registros para una persona que ha sido encontrada responsable, la sanción es temporal, “porque en México no hay cadena perpetua, entonces los propios tribunales ordenan que determinada persona estará inscrita en ese registro determinado lapso de tiempo, 1 año, 3 años, 10 años, pero necesariamente tiene que existir una temporalidad”.

Antes de concluir dijo que en el siguiente proceso electoral pudiera haber candidatos que hayan sido señalados de cometer algún tipo de violencia contra las mujeres, pero si ya cumplió con el tiempo que tenía que estar, pues los eliminan del registro y es una persona que, si bien violentó a una mujer, ya compurgó su sentencia.

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