El Tribunal Superior de Justicia de Brasil ordenó este miércoles que el exfutbolista Robson de Souza Robinho cumpla en una prisión de Brasil la condena de 9 años que se le impuso en Italia por una violación.
La corte homologó la condena impuesta en Italia en 2017 por mayoría, con 9 votos a favor y 2 en contra, y por una mayoría aún más ajustada ordenó que el cumplimiento de la sentencia en régimen cerrado sea inmediato.
De este modo, Robinho tendrá que entrar en prisión antes incluso de poder presentar recursos de apelación a esta misma corte y al Tribunal Supremo.
La audiencia en la corte acabó con el suspense de una prórroga, ya que, aunque la mayoría de los magistrados se pronunció ampliamente a favor del cumplimiento de la condena en Brasil, se produjo un empate en relación a la entrada inmediata de Robinho en prisión o a la posibilidad de que apelara en libertad.
En el último instante, el magistrado Ricardo Villas Bôas Cueva cambió su voto y se formó la mayoría para el cumplimiento inmediato de la condena de cárcel.
Robinho, de 40 años, fue condenado a 9 años de prisión por la Justicia de Italia por su participación en una violación colectiva en Milán en 2013, pero nunca llegó a cumplir la pena debido a que regresó a Brasil, país que prohíbe la extradición de sus nacionales.
Las autoridades italianas solicitaron a la Justicia brasileña que homologase la condena y que, en consecuencia, determinase el encarcelamiento del exfutbolista para que cumpla la pena en su país de origen.
El exdelantero, que surgió como profesional en el Santos de Pelé y jugó en el Real Madrid y también pasó por el Manchester City, fue hallado culpable de participar en una violación colectiva a una joven albanesa en una discoteca de Milán, en su etapa como jugador del AC Milan.
El juez instructor, Francisco Falcão, afirmó que un posible rechazo a la petición de la Justicia italiana significaría una nueva violación a la dignidad de la víctima, ya que el “criminal quedará totalmente impune por la incapacidad de Brasil de volver a juzgar el mismo hecho”.
Dijo igualmente que un rechazo a la petición puede generar una crisis diplomática, ya que Brasil dejaría de cumplir sus compromisos de cooperación, así como un nuevo episodio de descrédito para la Justicia de Brasil, cuya falta de eficacia para sancionar criminales ha sido varias veces condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El magistrado explicó en su voto que a la Justicia brasileña no le corresponde revisar la sentencia ya proferida en firme por un tribunal italiano ni abrir un nuevo juicio, sino tan solo revisar si se cumplen todos los requisitos para aceptar la petición de Italia para que el exfutbolista cumpla su pena en Brasil.
“La legislación impide la revisión del mérito de la sentencia. Tan sólo tenemos que determinar si se cumplen los requisitos para la transferencia de la ejecución de la pena”, dijo.
En ese sentido, afirmó que todos los requisitos son atendidos debido a que el condenado se encuentra en Brasil, su sentencia es definitiva y el hecho que originó la condena constituye también un delito en el país.
Desmontó, además, uno por uno, todos los argumentos de la defensa sobre supuestas violaciones a la Constitución que impedirían atender la petición de la Justicia italiana.
Aseguró que si bien no existe un tratado entre Brasil e Italia que permita este procedimiento, el mismo está previsto en tratados internacionales firmados por Brasil como las convenciones de Viena, Palermo y Mérida.