La directora del Registro Civil del estado de Colima, Brenda Gutiérrez Vega, llamó a las y los abogados a que soliciten al juez la inscripción de los deudores alimentarios, pues sólo 2 personas están inscritas en el Registro de Deudores Alimentarios, pese a que hay cientos de condenas por no cumplir con ese derecho de los menores.
“Sabemos que hay un sin número de casos, asuntos que se llevan por parte de pensión alimenticia, y que hay muchos deudores alimentistas. En este caso, la solicitud la tiene que hacer el abogado que corresponde al asunto o al expediente del acreedor alimentario, es decir, de los menores de edad que reciben alimento y están solicitando”.
Explicó que es el abogado el que debe hacer la solicitud, una vez cause ejecutoria la sentencia condenatoria de la pensión alimenticia, en la que se establezca que han pasado más de 90 días de incumplimiento de la pensión alimenticia y se le solicite al juez el cumplimiento de esa deuda.
Gutiérrez Vega refirió que agotado ese procedimiento es cuando el juez manda la solicitud al Registro Civil para la inscripción del deudor alimentario, por lo que destacó la importancia de que actúe la parte agraviada a través de su asesor legal, para solicitar al juzgado la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios.
La funcionaria estatal mencionó que una vez inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios, se mandan oficios a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Comisión Nacional Bancaria, pues de esa forma no puede salir del país ni tampoco puede solicitar créditos el deudor alimentario.
“Esos oficios se giran para hacer de conocimiento de la autoridad que hay una persona que es deudora alimentaria, y los efectos que tiene es que el deudor no puede salir del país ni podrá solicitar ni un crédito bancario. Esos efectos sí afectan a las personas”, aclaró.
Finalmente, Brenda Gutiérrez Vega consideró que es una medida efectiva para solventar adeudos en pensión alimenticia, por lo que es importante que las y los abogados actúen a petición de parte y se logre una efectiva inscripción de aquellas personas que no pagan la pensión de alimentos a sus hijos.