El Tribunal Electoral del Estado (TEE), encontró responsable a Margarita Moreno González, de coacción al voto de las y los trabajadores, hechos que se le atribuyen en el procedimiento especial sancionador promovido por Morena, por lo que fue sancionada con una amonestación pública.
Lo anterior se aprobó la tarde de este martes 3 de septiembre durante la sesión efectuada en el TEE, al resolver el PES 25/2024, en contra de la excandidata a la alcaldía por MC, Elia Margarita Moreno González, así como de José Luis Velázquez Sandoval, secretario general del Sindicato Unión y Armonía de Trabajadores Activos, Jubilados y Pensionados del Ayuntamiento de Colima y Organismos Descentralizados del municipio de Colima; Vladimir Alejandro Verduzco Espinoza, secretario general del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Sistema DIF Municipal Colima; y Eduardo Bibiano Méndez, secretario general del Sindicato Único al Servicio de la Ciapacov.
Cabe destacar que fueron denunciados por la comisionada propietaria de Morena ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE), Adanery Olivier Sánchez Altamirano, “por la coacción del voto de las y los trabajadores agremiados a los sindicatos antes enunciados, en la realización de una reunión con fines proselitistas con la candidata en mención”.
La queja presentada por la comisionada propietaria de Morena ante el Consejo General del IEE Colima fueatendida por la Comisión de Denuncias y Quejas del organismo electoral, que preside la consejera Martha Elba iza Huerta, y se realizó el 29 de mayo, señalándose que la reunión proselitista se había llevado a cabo el 27 de mayo durante las campañas político-electorales.
Hasta el 9 de julio, previo a la audiencia de pruebas y alegatos, la presidenta municipal Margarita Moreno compareció con un escrito libre de 2 fojas, sin que los demás denunciados hubieran comparecido con escrito alguno.
En la denuncia destaca que la reunión del 27 de mayo la encabezó en su calidad de candidata a la presidencia municipal de Colima, Margarita Moreno.
La reunión, destacó Morena, fue publicada en 3 medios digitales (El Comentario, entre ellos), donde Margarita Moreno porta un chaleco color naranja al lado izquierdo el logotipo de Movimiento Ciudadano y de su lado derecho la leyenda “Presidenta” y debajo su nombre “Margarita Moreno”, así como múltiple propaganda electoral, como lonas donde aparece la imagen de la candidata y banderas con la leyenda “Presidenta” y debajo su nombre.
En el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Elías Sánchez Aguayo, destacó que los hechos están plenamente acreditados: “Se tiene acreditada una violación a lo previsto por los artículos 35 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señalan el derecho político-electoral del ciudadano a votar de manera libre en la celebración de las elecciones libres, periódicas pacíficas y auténticas, en este caso del Ayuntamiento de Colima”,
El Tribunal consideró que la infracción debe calificarse como leve, toda vez que si bien su actuar trastocó el principio de equidad en la contienda y los artículos 35 y 41 constitucionales, la excandidata obtuvo el tercer lugar de participación en la elección, no obstante haber participado en la vía de la reelección, se advierte que la coacción al voto ejercida no alcanza a justificar su actuar para calificarla de grave.
Tomando en consideración lo anterior, el Tribunal determinó imponer una amonestación pública a la ciudadana Margarita Moreno y a los líderes sindicales por su participación en un acto proselitista con trabajadoras y trabajadores afiliados a su gremio, lo que implicó una coacción a su voto.