El Tribunal Electoral del Estado (TEE) sigue resolviendo procedimientos especiales sancionadores que le fueron turnados por la Comisión de Denuncias y Quejas del Instituto Electoral del Estado (IEE) respecto a quejas presentadas por diversos partidos en contra de actores políticos, por posibles violaciones a la normatividad electoral.
Referente al procedimiento interpuesto por el PAN en contra de la entonces candidata a alcaldesa de Colima por Movimiento Ciudadano, Margarita Moreno, acusada de haber publicado mensajes, videos y fotografías de sus actos de campaña donde se exhiben los rostros de niñas, niños y adolescentes, el TEE resolvió que, de los enlaces que se anexaron al escrito de denuncia, las publicaciones no fueron acreditadas por las autoridades competentes, por lo que la sentencia propuesta señala que no se acreditan plenamente los hechos denunciados, al no haberse levantado la certificación correspondiente, “no se puede afirmar que los hechos denunciados existieron, pues debemos recordar que el Procedimiento Especial Sancionador se rige por el principio de tipicidad y estricto derecho, sin dar lugar a que por meras presunciones o indicios se pueda establecer en principio la existencia de los hechos y posiblemente la violación a la normatividad electoral”.
En consecuencia, se declaró la improcedencia del presunto procedimiento especial sancionador, al no haberse demostrado plenamente la existencia de los hechos denunciados ante el TEE.
Al ponerse a la consideración del pleno, sin ninguna participación, se pasó a la votación, siendo aprobado por unanimidad.