Vie. Ene 10th, 2025

Deudores alimentarios no podrán casarse ni realizar trámites importantes a partir de este año

La titular de la Dirección del Registro Civil del Estado de Colima, Brenda Gutiérrez Vega. (Video)

A partir de este año no podrán contraer matrimonio las personas que estén en el Padrón de Deudor Alimentario, pues los registros civiles estarán pidiendo como requisito la constancia de No Deudor Alimentario a quienes deseen casarse.

Lo anterior fue dado a conocer por la titular de la Dirección del Registro Civil del Estado de Colima, Brenda Gutiérrez Vega, quien informó que en este momento hay ya un registro de 21 personas, todos hombres, como deudores alimentarios, los cuales, con la nueva disposición, a partir de este año no podrán contraer matrimonio en tanto no salgan de dicho padrón, así como tampoco podrán realizar otros trámites.

“En el caso del Registro Civil para modo de poder casarse, uno de los requisitos que este año va a aplicar es el tener la constancia de No Deudor Alimentario, si la persona está en el padrón de deudores no podrá casarse, es decir, si no es responsable de una obligación para con sus acreedores alimentarios, en este caso son las y los hijos menores de edad o los padres mayores de edad, tampoco tiene derecho a contraer una nueva responsabilidad”, mencionó la funcionaria estatal.

Brenda Gutiérrez indicó que la Constancia de No Deudor Alimentario será expedida a través de los Kioscos de Gobierno o a través de los registros civiles municipales, y tendrá un costo de 2 UMAS.

Entre los otros trámites que tampoco podrá realizar la persona deudora alimentaria son: obtener su pasaporte y obtener algún crédito, o incluso no podrá ser contratado para algún empleo.

“Así como se pide la Constancia de No Antecedentes Penales, también se pedirá en muchos requisitos la Constancia de No Deudor Alimentario”, añadió.

Además, recordó que sigue vigente la disposición de que la o el deudora alimentario no pude ser candidato a algún cargo de elección popular.

Recordar que deudor alimentario son aquellas personas que no están cumpliendo con la obligación de otorgar la pensión alimenticia a hijas e hijos menores, así como a los padres adultos mayores que no tengan las condiciones para valerse por sí mismos.

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