Denominación de origen y generación de valor
Por Alejandro Bernal Astorga
La denominación de origen es una figura jurídica contemplada por la específica ley de la propiedad industrial que protege a productos con características únicas e irrepetibles, producto de los factores naturales y humanos propios de una región.
Con ello, solo la producción obtenida en la zona de denominación podrá ostentar el nombre de ésta, evitando que la competencia pueda usarla para aprovechar su nivel de aceptación en el mercado o que se oferten productos sin las características que distinguen a los producidos en la zona geográfica que contempla la denominación.
Entre los principales factores que distinguen a los productos con denominación de origen se encuentran los de orden natural, como la humedad, clima, tipo de suelo, altitud sobre el nivel del mar, flora, fauna, recursos minerales, etcétera, mientras que entre los elementos de origen humano están el conocimiento acrecentado y perfeccionado trasmitido de una generación a otra, la especialización en determinados artes u oficios, la realización de procesos únicos, así como las tradiciones y costumbres.
En México existen 18 productos con denominación de origen reconocidos nacional e internacionalmente, entre los que se encuentran el ámbar de Chiapas, el arroz de Morelos, la bacanora, el cacao Grijalva, el café de Chiapas, el café de Veracruz, el café-pluma, la charanda, el chile de Yahualica, el chile habanero de Yucatán, el mango ataúlfo de Soconusco Chiapas, el mezcal, la Olinalá, la raicilla, el sotol, la talavera, el tequila y la vainilla de Papantla.
Cada uno de ellos contempló la realización de investigaciones, análisis técnico y pruebas científicas que demostraron sus características peculiares, conforme a las disposiciones establecidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), cuyas oficinas más cercanas se encuentran en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
Las denominaciones de origen exitosas no se obtienen o se conceden por decreto ni por ninguna autoridad, sólo existen por situaciones de hecho; es decir, se requiere que la actividad productiva que aspira a obtener una denominación sea factible en términos comerciales, técnicos, financieros y jurídicos.
En este contexto, destaca la cadena productiva agave-tequila que genera ingresos fiscales por 8 mil millones de pesos anuales de un solo impuesto, el IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios); el valor de sus exportaciones alcanzó los 3,500 millones de dólares en 2023 y es el sustento para más de 90 mil familias que dependen de ella.
Por tanto, la actividad debe ser rentable ya que se requieren aportaciones de los productores, artesanos o industriales para crear un organismo regulador, que garantice la generación de regulaciones, certifique el cumplimiento de estas y proteja la denominación de competencia desleal en el mercado nacional e internacional.
Además, es importante que los argumentos diferenciatorios de un producto que cuenta con denominación de origen, sean difundidos y posicionados en el segmento de mercado al que se dirigen, para que esto se refleje en mayores ventas. Por tanto, las estrategias mercadológicas de consolidación o posicionamiento son estratégicas.
Las denominaciones de origen también contribuyen a la generación de riqueza para la población asentada en el territorio que abarcan, ya que ni la producción de la materia prima, ni el proceso de elaboración se pueden deslocalizar, generando oportunidades de empleo, la sostenibilidad de la actividad e incluso el desarrollo de actividades turísticas, gastronómicas y de esparcimiento.
Sin duda, la denominación de origen es una expresión de autenticidad e identidad ligada a la tradición de los pueblos que, al aprovechar sus condiciones naturales y conocimiento centenario, logran ofertar productos únicos que posicionan a México en el ámbito mundial.
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