Vie. Jul 26th, 2024

Habrá 50% de descuento en expedición, renovación, reposición de licencias de conducir

Durante la sesión ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado aprobaron el programa temporal para otorgar el descuento del 50% del costo de los derechos por la prestación de los servicios de expedición, renovación, reposición y reimpresión de licencias para conducir vehículos de motor e identificaciones de choferes y conductores de vehículos de servicio público de pasajeros.

Un comunicado de prensa emitido por el Congreso explica que “a iniciativas por separado del diputado Armando Reyna Magaña y el grupo parlamentario del partido Morena, así como del legislador Crispín Guerra Cárdenas y el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, dictaminadas por la Comisión de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública del Poder Legislativo, en ese decreto se refiere que al tratarse de un documento oficial que certifica y permite a todo conductor de vehículos motorizados transitar libremente por vías públicas y carreteras del país, la licencia de conducir es de uso obligatorio; por lo tanto, es imprescindible que toda persona que, por alguna circunstancia, no cuente con la misma, o que ésta haya perdido su vigencia, deba, necesariamente, tramitar su adquisición, sin que ello le represente sufragar la totalidad de su costo, de acuerdo a las categorías y cuotas previstas en la fracción I, del artículo 55 B, de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima”.

Por tanto, este decreto expone en su Artículo 1 que “se aprueba el programa temporal para otorgar el descuento del 50% del costo de los derechos por la prestación de los servicios de expedición, renovación, reposición y reimpresión de licencias para conducir vehículos de motor e identificaciones de choferes y conductores de vehículos de servicio público de pasajeros, a partir del 2 de octubre y hasta el 15 de diciembre de 2023”.

En su Artículo 2, el decreto refiere que “los estímulos fiscales contenidos en el artículo anterior se otorgarán a favor de los habitantes del estado de Colima, que acudan a las oficinas centrales de la Subsecretaría de Movilidad, a las direcciones regionales de dicha dependencia, ubicadas en los municipios de Colima, Manzanillo y Tecomán, a los Kioscos de Servicios del Gobierno del estado, y a las Unidades Móviles que la Subsecretaría de Movilidad designe para dicho fin”.

Dentro de sus transitorios, expone que el decreto aprobado entrará en vigor el día 2 de octubre de 2023, posterior a su publicación en el periódico oficial El Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el 15 de diciembre del mismo año.

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