Vie. Dic 5th, 2025

Suspenden por 90 días medios de impugnación en materia de transparencia y acceso a la información

(Foto tomada de la web)

La nueva Ley de Transparencia del Estado de Colima establece, en su artículo transitorio décimo sexto, la suspensión por 90 días naturales de todos los medios de impugnación relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales, por lo que en caso de no recibir una respuesta de los sujetos obligados no se podrá promover un recurso de revisión.

Esa suspensión comenzó a partir del 10 de noviembre, fecha cuando se publicó en el periódico oficial del estado y entró en vigor de la Ley. En el documento se refiere que esa disposición se aplica para los trámites y procedimientos previstos tanto en el propio ordenamiento como en la normativa aplicable, con excepción de las solicitudes de información.

En ese sentido, el ciudadano podrá formular las solicitudes de información, exclusivamente a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). De acuerdo con el transitorio, las nuevas autoridades garantes -de los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y de los órganos constitucionales autónomos- deberán adecuar su normativa interna en un plazo máximo de 60 días naturales.

Durante ese proceso de reorganización institucional, se decreta la suspensión temporal de impugnaciones como: recursos de revisión, recursos de inconformidad, denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia y procedimientos relacionados con protección de datos personales.

La medida ocurre en el contexto de la desaparición del organismo garante local (Infocol) y la transición hacia nuevas autoridades de transparencia adscritas a los poderes estatales.

Con esa suspensión, se abre un periodo de reacomodo normativo y administrativo, mientras se definen las nuevas reglas y procedimientos que regirán la garantía del derecho de acceso a la información pública en Colima.

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