La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional promovida por el gobierno panista de Chihuahua para impugnar el reparto de los nuevos libros de texto gratuitos.
Por unanimidad, refiere Reforma, la Primera Sala de la Corte revocó el auto de admisión de la controversia, dictado el pasado 10 de agosto por el Ministro Luis María Aguilar, al considerar que la demanda era notoriamente improcedente.
Al ser desechada la controversia, también quedará sin efectos la suspensión otorgada por Aguilar que impedía la distribución de los libros en Chihuahua, y que provocó fuertes ataques del presidente Andrés Manuel López Obrador contra el Ministro.
La Sala consideró que el estado de Chihuahua no tiene alguna atribución qué defender en materia de elaboración, producción y distribución de libros de texto, por tratarse de una atribución exclusiva de la Federación, de ahí la improcedencia de su demanda.
Con el desechamiento de esta controversia, y eventualmente de la que presentó el gobierno priista de Coahuila, la Corte ya no analizará si existieron violaciones legales en la elaboración de los nuevos libros, salvo que llegue a revisar el amparo que concedió una jueza federal a la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF).
Esta semana, detalla Reforma, la consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, María Estela Ríos, acudió personalmente a la Corte para cabildear este caso con los Ministros, entre ellos el Presidente de la Sala, Jorge Pardo. La gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, también litigo personalmente el asunto ante los integrantes de la Sala, informaron fuentes judiciales.
La reclamación del gobierno contra la controversia de Coahuila también fue turnada al Ministro Arturo Zaldívar, quien presentó el proyecto de hoy, por lo que en breve será resuelta en iguales términos que la de Chihuahua, aunque todavía no está en lista para sesión de la Sala.
El Artículo 113 de la Ley General de Educación es el que reserva a la Secretaría de Educación Pública (SEP) federal la siguiente atribución:
“Elaborar, editar, mantener actualizados y enviar a las entidades federativas en formatos accesibles los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación”.
Los estados, en tanto, sólo están facultados para distribuir los materiales que les envíe la SEP.
“El interés superior de los niños, niñas y adolescentes debe considerarse para la elaboración de las normas y la aplicación de los planes y programas de estudio; asimismo, se debe garantizar la opinión de los gobiernos de las entidades federativas, de diversos sectores de la sociedad, así como de especialistas en educación, salud, cultura, entre otros”, afirmó Aguilar en sus resoluciones de agosto.
Agregó que era necesario revisar si se habían seguido las reglas de la LGE para elaborar los planes y programas de estudios.
También en agosto, precisa Reforma, la jueza Yadira Medina resolvió que la Secretaría de Educación Pública violó la LGE, pues los libros de texto para los seis grados de primaria fueron terminados e impresos entre enero y julio, mientras que los nuevos programas de estudio fueron publicados hasta el 15 de agosto.
Esta sentencia no surtirá efectos mientras no sea confirmada en segunda instancia, ya sea por un tribunal colegiado o por la Corte.
Con información de Reforma