Jue. Nov 21st, 2024

Puede Armando Reyna registrarse como candidato a la Alcaldía de Tecomán, define IEE

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE), autorizó a Morena en el caso de las candidaturas para el Ayuntamiento de Tecomán, a postular a un hombre o a una mujer, dejando de lado los bloques de competitividad que previamente el órgano electoral había emitido, donde a Morena le había señalado que le correspondería postular a una mujer para la Alcaldía de Tecomán.

Sin embargo, esta tarde el Consejo General del Instituto Electoral del Estado resolvió la consulta realizada por Morena, en donde le señala al órgano electoral que este instituto político registrará para el proceso de renovación de los ayuntamientos que le corresponden dentro de la coalición parcial donde participan el Partido del Trabajo y el Partido Verde Ecologista de México, a un mayor número de mujeres, que de hombres.

Atendiendo a lo señalado en el Artículo 15 de los lineamientos de paridad, la duda era si Morena de manera individual podía postular a un hombre como candidato al cargo del presidente municipal del Ayuntamiento de Tecomán, a pesar de que ese municipio quedó fuera del convenio de coalición parcial, y de acuerdo a los bloques de competitividad aprobados por el propio Consejo General del Instituto Electoral del Estado debía Morena postular a una mujer.

Al desahogar la consulta, las y los consejeros electorales, resolvieron que “para el caso hipotético que señalan, suponiendo sin conceder que el partido Morena cumple con lo establecido en el Artículo 1  de los Lineamientos en cita (de postular como candidatas a más mujeres que hombres), mismo que ha sido transcrito en supralíneas, en caso de que de manera individual postule a un hombre o a una mujer como candidata al cargo de la presidencia municipal del Ayuntamiento de Tecomán, se estaría dando cumplimiento a los lineamientos de paridad”, dejando de lado los bloques de competitividad originalmente aprobados por el organismo electoral.

Alfredo Álvarez no podrá buscar la reelección

Por otra parte, en el mismo acuerdo, las y los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, resolvieron la consulta de Morena referente a si el diputado Alfredo Álvarez Ramírez podía participar para buscar la reelección por el Distrito 3, con cabecera en el municipio de Colima, tomando en consideración, que al definir los bloques de competitividad, las y los consejeros electorales determinaron que a Morena, en el Distrito 3, correspondía postular a una mujer como candidata.

El acuerdo, que fue aprobado por unanimidad, menciona que habiendo realizado un análisis gramatical, sistemático y funcional respecto del marco normativo que rige a esta Comisión de Asuntos Jurídicos, aunado a los principios de legalidad y certeza, que, junto a la imparcialidad, independencia, objetividad, máxima publicidad y paridad, constituye la base rectora de la función electoral, se determinó que para la posición del Distrito local 3, les corresponde postular a una mujer.

Las y los consejeros electorales, reconocieron que si bien es cierto el tema de la elección consecutiva, en un principio es a discreción del partido, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos en la ley, en los criterios se establece que el tema de la elección consecutiva no implica que, en automático, adquirieron el derecho a ser postulados nuevamente para un periodo posterior (elección consecutiva).

En consecuencia, determinaron que, de conformidad a la reglamentación interna, lineamientos y demás disposiciones aplicables, deberá considerar la postulación o no, de la elección consecutiva, en donde deben de garantizar la prevalencia del principio de paridad sobre elección consecutiva.

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