Con apenas 15 votos a favor de los diputados de Morena y sus aliados del Partido Nueva Alianza, Partido del Trabajo, y del ahora diputado sin partido Rigoberto García Negrete, el Congreso del Estado derogó el delito penal conocido como “Peligro de Contagio”, que criminalizaba a las personas infectadas por el virus del VIH.
Esa acción se llevó a cabo tras presentarse el dictamen sobre la Iniciativa de Ley con proyecto de Decreto, propuesta por el Diputado Alfredo Álvarez Ramírez, para reformar los artículos 77 y 119, y derogar el Capítulo I del Título Séptimo y el Artículo 212 del Código Penal para el Estado de Colima.
La Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, encargada de elaborar el dictamen, destacó que la medida se adoptó bajo una visión garantista y respondiendo a la demanda de distintos grupos sociales por acabar con la discriminación.
La eliminación del tipo penal “Peligro de Contagio” del Código Penal para el Estado de Colima se justificó por vulnerar los derechos humanos de las personas con enfermedades contagiosas, estigmatizándolas y convirtiéndolas injustamente en víctimas y victimarios.
Durante el “Noveno Parlamento de las Juventudes 2023”, donde participaron 25 jóvenes del estado, se presentaron iniciativas en favor de varios sectores sociales. Esa reforma retomó la investigación y propuesta del diputado juvenil Roberto Macías Cruz, quien argumentó que la criminalización del VIH aumenta la vulnerabilidad de las personas afectadas y conduce a múltiples violaciones de derechos humanos.
Según ONU SIDA, más de 3,242 personas con VIH han sido procesadas por exposición y transmisión del virus. La iniciativa sostiene que criminalizar el VIH no solo no detiene la epidemia, sino que también debilita los esfuerzos de prevención de salud pública, alienando a las personas con el virus.
La Comisión Dictaminadora subrayó que el objetivo de derogar el delito de “Peligro de Contagio” es evitar la estigmatización, discriminación y criminalización de las personas con enfermedades contagiosas, asegurando la protección de los derechos humanos como la igualdad, la no discriminación y la salud, principios sostenidos por la Constitución.
El dictamen, al someterse a consideración del pleno, resaltó que el delito “Peligro de Contagio” infringe los derechos a la igualdad y no discriminación de las personas con enfermedades, ya que criminaliza el simple hecho de padecer una enfermedad contagiosa, aumentando la estigmatización y el temor hacia estas personas, lo cual atenta contra la dignidad humana. La comisión concluyó que la derogación del tipo penal era viable, pues discrimina y criminaliza injustamente a las personas portadoras de enfermedades contagiosas.
La propuesta de reformar los artículos 77 y 119, y derogar el Capítulo I del Título Séptimo y el Artículo 212 del Código Penal para el Estado de Colima, fue sometida a votación sin el consenso de todos los grupos parlamentarios. Tras un receso y discusiones, se logró un acuerdo para aprobar las reformas con el apoyo de Morena y sus aliados.
Los diputados del PAN y PRI no votaron a favor, mientras que los de Movimiento Ciudadano se abstuvieron. Finalmente, por un margen de 15 votos, se aprobó la derogación del tipo penal “Peligro de Contagio”, marcando un paso adelante en la protección de los derechos humanos de las personas con enfermedades contagiosas, al evitar su estigmatización y criminalización.