Jue. Nov 21st, 2024

Determina TEE que consejeras del IEEC deben recibir su pago según salario mínimo vigente

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEEC) cumplir con las percepciones correspondientes a las consejeras y consejeros de dicho organismo electoral, tal como lo estipula el Artículo 109 del Código Electoral de la entidad.

Esta medida surge como resultado de la sentencia aprobada por unanimidad por los magistrados del TEE al resolver el Juicio Electoral JE-01/2024, promovido por María Elena Adriana Ruiz Visfocri, Martha Elba Iza Huerta y Ana Florencia Romano Sánchez, presidenta y consejeras electorales del IEEC, respectivamente.

Según la sentencia, se alegó en contra del Acuerdo IEE/CG/A046/2024, aprobado el 30 de enero, porque implicaba una reasignación y ajuste presupuestal que reducía las percepciones mensuales de las consejeras, basándose en el salario mínimo vigente del año 2023 en lugar del correspondiente a 2024, y dejando pendiente el pago de la diferencia hasta contar con suficiencia presupuestal.

En el juicio electoral, los y las consejeras electorales argumentaron que esta medida vulneraba los principios de retroactividad y progresividad de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando que fueron designadas por un período de 7 años y que el cambio en la retribución afectaba sus derechos.

La ponencia del magistrado Elías Sánchez Aguayo resaltó que el Artículo 109 del Código Electoral establece las retribuciones, y aunque fue reformado, la sentencia dictada el 19 de mayo de 2023 declaró la inaplicabilidad de ciertos artículos, ordenando el reintegro de los recursos económicos dejados de pagar.

Además, se menciona que el IEEC presentó una controversia de inconstitucionalidad contra el Decreto 262, admitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que llevó a la suspensión de los efectos controvertidos.

La sentencia aprobada por el TEE determina que la retribución mensual debe ajustarse al salario mínimo vigente del estado para el año fiscal correspondiente, en este caso, 248.93 pesos para el año 2024. Por lo tanto, se considera justificado que las consejeras perciban temporalmente su remuneración de acuerdo al salario mínimo vigente para el año 2023, pero se recalca que esa cantidad no puede ser considerada válida para determinar su remuneración en el año 2024.

El TEE consideró que la retribución mensual previa carecía de legalidad y fundamentación, revocando parcialmente el Acuerdo IEE/CG/A046/2024.

En conclusión, el TEE ordena al Consejo General del IEEC cumplir con la sentencia en los términos indicados.

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