Jue. Nov 21st, 2024

Pide SAT aprovechar últimos días para presentar la Declaración Anual 2023

Luis Roberto Téllez, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente; y Roberto González Salinas, administrador desconcentrado de Recaudación del SAT en una rueda de prensa.
Luis Roberto Téllez, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente; y Roberto González Salinas, administrador desconcentrado de Recaudación del SAT en una rueda de prensa.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo un llamado a las y los contribuyentes, sobre todo a los obligados, a que presenten su Declaración Anual 2023 antes del 30 de abril, pues al realizarlo después de esa fecha perderían algunos beneficios.

En una rueda de prensa, Luis Roberto Téllez, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente, precisó que después del 30 de abril, las y los contribuyentes con saldo a favor tendrán que esperar el plazo máximo de 40 días hábiles para obtener su devolución. En el caso de contribuyentes con saldo a cargo, dijo que perderían la opción de pagar el importe en parcialidades, además de que se toman en cuenta actualizaciones y recargos, por lo tanto, pueden ser acreedores a multas de aproximadamente 14 mil pesos.

Recordó que los sujetos obligados a presentar su declaración anual son personas físicas contribuyentes que están en el régimen de sueldos y salarios con ingresos totales anuales superiores a los 400 mil pesos, además de quienes hayan tenido un solo patrón o dejaron de laborar antes del 31 de diciembre. También se incluye a quienes obtuvieron ingresos distintos de salarios o trabajaron para 2 o más patrones de manera simultánea.

Están obligados a presentar su declaración anual las y los contribuyentes que hayan recibido ingresos por alguna indemnización o jubilación; quienes hayan obtenido salarios provenientes del extranjero, quienes realicen actividad por servicios profesionales, actividades empresariales, quienes cobren renta por algún o algunos inmuebles, quienes enajenen o adquieran bienes y quienes tengan ingresos por intereses y dividendos.

De igual manera, están obligados las y los contribuyentes quienes estén en régimen simplificado de confianza.

Los requisitos para presentar la Declaración Anual es contar con el RFC, contraseña o firma electrónica. La presentación con contraseña es para quienes tengan saldo a favor menor a 10 mil pesos o superior, siempre y cuando no cambien la cuenta clabe que ya tenga el sistema del SAT.

En el caso de la firma electrónica es cuando el contribuyente tiene saldo a favor mayor a 10 mil pesos y quiera cambiar su cuenta clabe o interbancaria.

Por su parte, Roberto González Salinas, administrador desconcentrado de Recaudación del SAT, reiteró que, si se tiene un saldo a cargo en su declaración del ejercicio 2023, puede optar en realizar el pago hasta en 6 parcialidades, siempre y cuando su declaración la presente antes del 30 de abril y que el pago de la primera parcialidad la realice a más tardar el 30 de abril.

Dijo que en caso de que la presenta en tiempo, en la aplicación se le proporciona las líneas de captura para realizar los pagos en parcialidades de la segunda a la sexta, siendo la última el 30 de septiembre de 2024.

Hasta el momento se han atendido poco menos de mil contribuyentes en el servicio de declaraciones anuales.

Cabe mencionar que el padrón de contribuyentes bajo el régimen de sueldos y salarios es de aproximadamente 260 mil, entre obligados y no obligados.

Finalmente, cabe resaltar que las y los contribuyentes no obligados que presenten su declaración anual 2023 antes del 30 de abril, la devolución de su saldo a favor se haría en 5 días hábiles aproximadamente.

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