El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobó por mayoría negar al partido Fuerza por México sustituir a Alysson Ochoa por Ana Karen Acevedo en la candidatura a la diputación por el Distrito Local Electoral 05.
Originalmente, el acuerdo que se había presentado a la consideración del pleno era en el sentido de aprobar las sustituciones; sin embargo, la consejera Arlen Martínez dijo que el 13 de mayo el partido Fuerza por México solicitó la sustitución: “Es preciso tener en cuenta que el día 4 de abril de este año, el partido Fuerza por México solicitó el registro de sus candidatos a cargos de diputados por el principio de mayoría relativa, lo anterior de conformidad con el Código Electoral”.
Sin embargo, destacó Arlen Martínez, que de aquella solicitud de registro se generaron sendos requerimientos, entre ellos a Fuerza por México, el cual fue atendido el 5 de abril.
Analizada la documentación que acompañó la solicitud de registro, así como la contestación de sus omisiones, se desprendió el cumplimiento parcial de algunas de las fórmulas, entre ellas a la propietaria del Distrito 05, Ana Karen Acevedo Beltrán, quien no acreditó tener una residencia en el estado no menor a 5 años antes del día de la elección, ya que solo acreditó 3 años.
Arlen Martínez dijo que inconformes con ese resolutivo, Fuerza por México impugnó el acuerdo de registro de candidaturas del Consejo General, recayendo una resolución del Tribunal Electoral del Estado (TEE), el 25 de abril pasado, en el sentido de ordenar al Consejo General del IEE, para que se requiriera a Fuerza por México, en un plazo de 12 horas, si era su deseo y voluntad, que la candidatura del Distrito 05, que tenía la calidad de suplente, si quería registrarla como propietaria.
Una vez hecha esa solicitud, el 26 de abril Fuerza por México registró a la ciudadana Alysson Marlene Ochoa como candidata propietaria en el Distrito 05, por tanto, el Consejo General aprobó el registro de 5 candidaturas propietarias por el principio de mayoría relativa, entre la que se encuentra la del Distrito 05, encabezada por Alysson Ochoa.
La consejera del IEE dijo que el 13 de mayo, Fuerza por México remite la renuncia de la ciudadana antes citada y propone la sustitución por Ana Karen Acevedo Beltrán, “es decir, la misma persona que el día 6 de abril ya había sido rechazada mediante acuerdo A090/2024, por no cumplir los requisitos de elegibilidad, consistente en la residencia en el estado”.
Destacó que en igual sentido se pronunció el TEE, mediante la resolución definitiva de fecha 25 de abril, de los juicios para la defensa ciudadana electoral, identificados con los números de expediente JDCE-13/2024 y sus acumulados JDCE-14/2024.
Arlen Martínez dijo que, en los archivos del IEE, “obra una constancia de residencia, emitida por una autoridad municipal que ampara 3 años de residencia de la candidata, pero ahora presenta otra constancia, expedida por la misma autoridad municipal que avala 5 años”.
En ese sentido, dijo en virtud de que el plazo legal para subsanar las omisiones de los requisitos necesarios para el registro de candidatos ha concluido, está fuera de lugar ampliar dicho plazo a través de una sustitución de candidata, ya que eso abriría la posibilidad de pensar que no es posible cumplir con los requisitos inclusive de elegibilidad, dentro de los plazos establecidos para ese efecto y hacerlo a través de una sustitución, que en sí, está permitida por la legislación hasta un día antes de la jornada electoral.
Derivado de lo anterior es que solicitó se modificara el acuerdo que se estaba discutiendo en lo que respecta a la solicitud hecha por Fuerza por México, en el que solicita se sustituya a su candidata Alysson Ochoa por Ana Karen Acevedo, para que no se aprobara la sustitución por los motivos antes señalados.
La consejera Ana Florencia Romano Sánchez se sumó a lo señalado por Arlen Martínez, pues consideró riesgoso que se tratara de aprobar una sustitución de candidatura por alguien que en su momento no acreditó los requisitos legales y de elegibilidad que la propia norma establece, como es la residencia acreditada, señalado que no se puede decir ahora que sí cumple con esos requisitos.
Por su parte, la consejera María Elena Adriana Ruiz Visfocri dijo que no había sido Fuerza por México quien enviara la renuncia de su candidata registrada, sino que ella personalmente la había hecho llegar al Instituto en un escrito firmado por la candidata propietaria, acompañada de su firma autógrafa.
Ruiz Visfocri dijo que el IEE es una autoridad administrativa de buena fe, en consecuencia, si un aspirante entrega un documento expedido por una autoridad facultada para expedirlo, esta autoridad electoral no tiene por qué analizar ese documento y decir si es válido o no.
A su vez, Martha Iza Huerta dijo que existía la duda razonable, ya que fue la misma autoridad municipal la que primero expidió una constancia por 3 años y después expide otra por 5 años, “y nosotros en este momento no contamos con elementos para decir que esa constancia es apócrifa o que los elementos que se aportaran para que le dieran esa nueva constancia no fueron los adecuados y lo único con lo que contamos es con una constancia de residencia de 5 años, por una misma autoridad y proponía se aceptara como válida”.
Vino la votación y por mayoría de 5 votos, se aprobó no aceptar la sustitución de la candidatura al Distrito 05 por el partido Fuerza por México.