Jue. Nov 21st, 2024

Candidatura de César Rodríguez (PAN-PRI), declarada improcedente por IEE

César Abelardo Rodríguez Rincón.
César Abelardo Rodríguez Rincón.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Colima aprobó por mayoría, declarar improcedente el registro de la candidatura al cargo de Diputación Local por el Principio de Mayoría Relativa en el Distrito 04, con cabecera en Comala y Villa de Álvarez, de César Abelardo Rodríguez Rincón, postulado por la Coalición “Fuerza y Corazón por Colima”.

El proyecto de acuerdo aprobado por mayoría en el IEE deja sin candidato a la citada coalición, pues acordó otorgar 24 horas al PRI y PAN para que determinen si quieren que la persona registrada como suplente pase a ser propietaria o dejarla en la suplencia.

Lo anterior se hizo en cumplimiento de lo ordenado en la resolución definitiva dictada por el Tribunal Electoral del Estado (TEE) con nomenclatura RA-20/2024 y sus acumulados. El acuerdo no fue compartido por los comisionados del Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional, señalando que el proyecto de acuerdo se les había entregado apenas una hora antes de que iniciara la sesión. Lo más grave, según señalaron, fue que la Comisión de Igualdad y Perspectiva de Género y No Discriminación del IEE nunca notificó ni al candidato ni a los partidos que conforman esa coalición, que los documentos aportados para demostrar la discapacidad del aspirante (ciego o débil visual) no eran suficientes, y nunca les entregó un dictamen de esa comisión suficientemente fundado y motivado, máxime que cuando se hizo la solicitud de registro, se había considerado idónea la documentación presentada.

Ante la falta de argumentación por parte de las consejeras integrantes de la Comisión de Igualdad y Perspectiva de Género y No Discriminación, pidieron que se agregaran al acuerdo los párrafos de la sentencia dictada por el TEE para revocar la candidatura de César Abelardo Rodríguez.

Los partidos que habían postulado a César Abelardo Rodríguez Rincón señalaron que se les estaba dejando en estado de indefensión, toda vez que hasta ahora se estaba tomando la determinación de otorgarle a la comisión postulante un plazo de 24 horas para poder sustituir al candidato, cuando de haber sido notificados a tiempo, informándoles que la documentación entregada no era suficiente, pudieron haber actuado de una manera distinta.

Las consejeras integrantes de la Comisión de Igualdad y Perspectiva de Género y No Discriminación señalaron algunos errores ortográficos y otros de forma en el proyecto, y finalmente procedieron a aprobar por mayoría el documento en discusión.

Así, concluyeron que era procedente la revocación de la candidatura de Rodríguez Rincón en la elección de Diputación Local por el Distrito 04 del Proceso Electoral Local 2023-2024, porque la Comisión de Igualdad y Perspectiva de Género y No Discriminación consideró que de esa manera se daba cumplimiento a lo ordenado por el TEE e insistieron en que el ciudadano no cumplía con los lineamientos para los grupos de atención prioritaria aprobados por el Consejo General del instituto.

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