Lun. Jul 8th, 2024

ARTÍCULO: Intenciones y efectos

Por Redacción Jul5,2024 #Opinión

Por José Luis Negrete Ávalos

La intención, efecto y resultado de las modificaciones, adiciones, o reformas definidas en el entramado de leyes que el poder legislativo observa y determina, es sin duda bastante amplio, la diversidad de temas que acompañan la labor del poder legislativo, en un México en el que el panorama hacía la discusión y el análisis a detalle tiene sus propias complicaciones, considerando el desarrollo de temas específicos. 

Esto se vuelve mucho más notorio cuando esa intención, efecto y resultado de las modificaciones, adiciones y reformas están dispuestas o planteadas en dirección a la atribución de características que involucran la intención del voto popular.

Esa atribución de características tiene como referencia la reforma del poder judicial, un efecto de controversia, de discusión, que aún está a la espera de un resultado que pueda considerarse adecuado por todos los actores involucrados; legisladores, jueces, magistrados ministros, ciudadanos.

La discusión pública sobre esta reforma ha dado comienzo hace algunos días, en los llamados “Diálogos Nacionales Sobre la Reforma al Poder Judicial”, donde el debate sobre este tema se conduce con la idea de considerar pros y contras.

Las preguntas que resaltan en dichos diálogos presentan la actualidad y el futuro posible de la modificación constitucional. ¿Qué Poder Judicial tenemos? Para concluir con un cuestionamiento más ¿Qué Poder Judicial queremos? Estos diálogos y su materia dejan claro que no será tarea fácil consolidar un equilibrio de valoraciones, pero en este espacio es necesario plantear unas preguntas adicionales.

¿Qué será necesario modificar?, ¿Qué no lo será?

La respuesta recae en la objetividad que será necesaria para orientar el escrutinio correcto de las carencias, fallas y/o negligencias que indudablemente tiene el desarrollo del Poder Judicial, como algunas voces de los propios involucrados en el sistema jurídico lo reconocen, para realizar en esa necesidad cambios válidos que mejoren su actuar, y al mismo tiempo cuidar celosamente aquellos procesos que funcionan. 

Desde un particular punto de vista, el efecto que produce la autonomía, un hecho determinante en la ejecución de acciones y procesos que permiten la independencia de los poderes, es vital.

Por supuesto que la impartición de justicia debe y tiene que estar alejada de cualquier incidencia de decisiones, sea el Poder Ejecutivo o Legislativo, la autonomía cierta del Poder Judicial procede del hecho de que la ley se aplique en la preparación, en la justificación del conocimiento, y no en la popularidad pública o desarrollo carismático de los sujetos a votación.

Las opiniones expresadas en este texto periodístico de opinión, son responsabilidad exclusiva del autor y no son atribuibles a El Comentario.

Autor

Related Post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *