Mar. Nov 19th, 2024

Dictan 36 meses de prisión al hermano de Boluarte en caso por tráfico de influencia

Por EFE Nov19,2024 #Perú #Prisión preventiva
Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta de Perú, Dina Boluarte, en una foto de archivo. (Fotoa de Cristobal Bouroncle de la agencia EFE)

Un juez peruano dictó este martes 36 meses de prisión preventiva para Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta de Perú, Dina Boluarte, quien es investigado por la Fiscalía por presuntamente liderar una red criminal que buscaba “perpetuarse en el poder y continuar con el control del aparato estatal”.

El juez Richard Concepción Carhuancho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, tomó esta decisión en el caso denominado “Los Waykis (amigos) en la sombra”, abierto por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, cohecho activo genérico y tráfico de influencias.

Al argumentar su decisión sobre el pedido fiscal, el magistrado consideró que Nicanor Boluarte, quien no estuvo presente en la sala de audiencias, tendría facilidad para salir del país, debido a su condición de hermano de la presidenta, además de descartar que tenga arraigo laboral y domiciliario, tal como argumentó la defensa.

Agregó que se trata de una medida “idónea que servirá para evitar que fugue o perturbe la actividad probatoria” y por su presunta condición de líder de una red criminal que intervino en la designación de prefectos y subprefectos (autoridades administrativas en las regiones del país) para contar con su ayuda para formar un partido político.

Al inicio de la audiencia de este martes, el abogado de Boluarte, Luis Vivanco, informó que el investigado no se encontraba en el tribunal, a pesar de que el juez convocó a una sesión presencial, tras haber realizado las 2 anteriores de manera virtual.

El juez Concepción Carhuancho desarrolló los argumentos de su resolución a lo largo de 3 jornadas, con más de 10 horas de duración en cada caso, en los que concluyó “que los hechos imputados si tendrían connotación criminal”.

El domingo pasado, al comenzar a leer su resolución, declaró inaplicables las leyes 32108 y 32138, aprobadas recientemente por el Congreso para modificar los criterios del delito de crimen organizado, y anunció que seguiría la ley “que estuvo vigente cuando se presentó el requerimiento de prisión preventiva”.

“Se cumplen los requisitos para aplicar el control difuso”, afirmó tras señalar que la llamada “ley del crimen organizado” contraviene “derechos fundamentales a la tranquilidad y seguridad de las personas”, por lo que va contra la Constitución peruana y los tratados internacionales suscritos por Perú.

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By EFE

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