Vie. Abr 18th, 2025

Da la SCJN 24 horas para revocar suspensiones que frenan la elección judicial

La Corte rechazó la actuación de los juzgadores que han llevado litigios relacionados con la reforma judicial, tanto los de amparo como los electorales. (Imagen tomada de la web)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio 24 horas para revocar las suspensiones que jueces de amparo han concedido para frenar la elección judicial.

En paralelo, publicó Reforma en su edición digital, la Corte reprobó a los 3 magistrados que controlan la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF), por haber dictado sentencias para eliminar dichas suspensiones, sin tener facultades para ello.

Luego de más de 4 horas de discusión, la Corte rechazó la actuación de los juzgadores que han llevado litigios relacionados con la reforma judicial, tanto los de amparo como los electorales, al resolver una consulta planteada, precisamente, por jueces que le pidieron aclarar las facultades del TEPJF para revisar sus decisiones.

También criticó a las autoridades que, a su antojo, decidieron no acatar órdenes judiciales.

“Esta Corte ha observado como cada transgresión al orden Constitucional ha allanado el camino para la siguiente, hasta llegar al punto donde los límites institucionales, que alguna vez parecieron inquebrantables, se han vuelto porosos”, dijo el ministro Alfredo Gutiérrez, autor del proyecto.

La parte más ejecutiva y concreta de la sentencia de hoy, aprobada por 6 votos contra 4, es la propuesta de Gutiérrez para instruir a los jueces a revisar las suspensiones, que tendrán que ser revocadas, pues el amparo no procede en materia electoral ni contra una reforma Constitucional.

La votación de este tema parecía estancada, pues inicialmente solo 4 ministros favorecían dictar esta orden, pero a fin de cuentas, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz se sumaron para hacer mayoría.

“Dentro de un plazo de 24 horas a partir de la emisión de esta sentencia, todas las personas juzgadoras que hayan concedido suspensiones respecto a la instrumentación de la reforma judicial deberán revisar de oficio sus determinaciones cautelares a la luz de las consideraciones de esta sentencia”, dice el fallo.

A estas alturas, los más de 500 amparos contra la reforma judicial ya están concentrados en solo 3 juzgados de Zapopan, Jalisco, que son los que tendrán que revocar las suspensiones, siempre y cuanto se refieran a los aspectos electorales de la reforma.

De todos modos, estas suspensiones no han sido acatadas por las autoridades, pues así se los autorizó el TEPJF en diversas sentencias, que hoy fueron rechazadas por la Corte como válidas para revisar amparos.

Pero, precisó Reforma, el fallo de hoy no invalida las sentencias del TEPJF, sino que aclara que solo deben ser leídas como “opiniones”.

“Las sentencias (del TEPJF) no pueden tener la capacidad de incidir de manera alguna en las determinaciones de jueces de amparo; no funcionan como instancia de revisión y su pretensión de anular los efectos de las suspensiones simplemente carece de cualquier efecto dentro de nuestro orden jurídico”, afirma la sentencia, que en este punto tuvo mayoría de 7 votos. Solo las 3 ministras afines al Gobierno defendieron al TEPJF.

Con información de Reforma

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