Dom. Mar 15th, 2026

Permite Acuerdo Conclusivo resolver conflictos fiscales sin juicio: Prodecon

Por Francis Bravo Ago13,2025 #Prodecon
Desde 2014 surge la figura de Acuerdo Conclusivo y se adhiere al Código Fiscal de la Federación como un medio alternativo de solución de conflictos en materia fiscal. (Imagen tomada de la web)

Los Acuerdos Conclusivos son la justicia alternativa para quien tenga un conflicto en materia fiscal y es la Procuraduría de la Defensa al Contribuyente (Prodecon) la instancia a través de la cual se lleva ese procedimiento, explicó el titular de dicha dependencia, el subdelegado José Federico Cortés.

“Desde 2014 surge la figura de Acuerdo Conclusivo y se adhiere al Código Fiscal de la Federación como un medio alternativo de solución de conflictos en materia fiscal, y sirve para que previo a irnos a un litigio o a un juicio, tratemos de llegar a una solución con las autoridades fiscales federales”, mencionó.

Señaló que las autoridades fiscales federales son el SAT (Servicio de Administración Tributaria), IMSS, Infonavit, Aduanas y Conagua, y las o los contribuyentes o patrones pueden recurrir al Acuerdo Conclusivo cuando lo estén auditando o revisando.

A partir de que la autoridad fiscal notifique de los hechos y omisiones en que pudo haber incurrido el contribuyente, éste tiene 20 días hábiles para recurrir a dicho acuerdo.

El funcionario municipal detalló que el Acuerdo Conclusivo tiene como máximo una temporalidad de 12 meses, contrario a cuando determinan un crédito fiscal, que son las multas, recargos y demás cobros que la autoridad hace por omisiones o conductas irregulares, el periodo es muchos más largo.

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