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COLUMNA: La semilla en el surco jurídico

Por Redacción Mar19,2026 #Opinión

La jornada laboral de 40 horas en México: alcances y desafíos

Por Iván Moreno Pacheco

El pasado 3 de marzo de 2026 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman las fracciones IX y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre sus principales novedades destaca la reducción de la jornada laboral, resultado de años de lucha por parte de la clase trabajadora. Se abre el debate en torno a una de las reformas más importantes en lo que va del año, la cual pone en tensión por un lado el bienestar laboral y por el otro, la estabilidad económica.

Con esta reforma, el artículo 123 establece que la jornada ordinaria será de un máximo de 40 horas semanales, a diferencia de las 48 horas que anteriormente se contemplaban. Asimismo, se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a disfrutar, por cada 6 días de trabajo, de al menos un día de descanso con goce de salario íntegro.

En cuanto a la jornada extraordinaria, se prevé que, por circunstancias excepcionales, la jornada podrá ampliarse. Estas horas deberán pagarse con un 100% adicional al salario ordinario, es decir, al doble. Además, no podrán exceder de 12 horas a la semana, distribuidas hasta en 4 horas diarias en un máximo de 4 días. En caso de superar este límite, el empleador deberá cubrir dichas horas con un pago triple. Por otro lado, se prohíbe que las personas menores de 18 años realicen trabajo extraordinario.

Finalmente, el decreto establece en sus artículos transitorios que la implementación de la jornada de 40 horas será gradual, a partir de 2027 y hasta 2030, mediante una reducción progresiva de 2 horas, precisando además que, en ningún caso, esta disminución podrá implicar una reducción en los sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.

Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es la regulación de la jornada extraordinaria, la cual anteriormente contemplaba un máximo de 9 horas semanales pagadas al doble. Hoy, este tema ha abierto un amplio debate, ya que se plantea un nuevo esquema basado en la reforma: un máximo de 12 horas pagadas al doble, en el que, en teoría, dichas horas serían voluntarias para la persona trabajadora.

Esto traslada la discusión a la realidad laboral en México, marcada por la informalidad en muchas relaciones laborales: ¿qué impide que estas horas sean impuestas por el empleador?, ¿cómo se protege realmente a las personas trabajadoras? No basta con lo que establece la Constitución si, en la práctica, las condiciones laborales son distintas.

En este contexto, la jornada ordinaria de 40 horas plantea un escenario de más ingresos por hora y más tiempo libre para las personas trabajadora, un logro histórico que debe reconocerse; sin embargo, la reforma mantuvo un solo día de descanso obligatorio, y no dos, como había sido una de las principales demandas de la clase trabajadora.

Pues, se ha señalado que, en caso de jornadas de 8 horas diarias, una persona trabajadora podría laborar únicamente 5 días para cumplir con las 40 horas semanales, lo que implicaría 2 días de descanso. No obstante, la reforma no establece con claridad que el empleador no pueda distribuir esas 40 horas de manera distinta, lo que permitiría mantener un solo día de descanso. A ello se suman otros retos persistentes, como la alta informalidad laboral y los niveles de baja productividad en México, los cuales no se resolverán únicamente con una modificación constitucional. No se trata de replicar modelos que funcionan en otros países, sino de construir uno acorde a nuestro contexto.

Como ya lo mencioné, aunque debe reconocerse que representa un avance que estas disposiciones estén a nivel constitucional, también es necesario cuestionar qué mecanismos garantizarán su cumplimiento. Además, de que no se trata de una reducción inmediata, sino progresiva, ya que se busca permitir ajustes en el sector empresarial, aunque persisten dudas sobre su viabilidad. Para las grandes empresas, la adaptación probablemente será más sencilla; pero ¿cómo se adaptarán las empresas más pequeñas?

En este sentido, es fundamental considerar y reflexionar acerca de la dinámica económica y cultural de México: ¿quiénes se beneficiarán y quiénes podrían verse afectados?, ¿qué empresas podrán ajustarse y cuáles no? Por ello, esta transición deberá acompañarse de políticas públicas que mejoren la productividad, fortalezcan la supervisión laboral y apoyen especialmente a las pequeñas empresas.

Esto cobra relevancia si se considera que, en México, lamentablemente persiste una cultura laboral en la que se valora más la permanencia física que la productividad, lo cual responde a diversos factores que merecen ser analizados. Existe la idea de que, mientras más tiempo se permanezca en el lugar de trabajo, aun sin ser productivo, se demuestra compromiso. Sin un cambio en esta lógica, difícilmente podrá lograrse una transformación real, a pesar de la reducción de la jornada laboral.

Además, un punto fundamental que debe considerarse es el cambio generacional en la forma de concebir el trabajo, en un contexto en el que muchas personas jóvenes viven con la incertidumbre de si en el futuro podrán adquirir una vivienda. Hoy, buscan trabajar para vivir y no vivir para trabajar, priorizando su bienestar emocional, su salud y su tiempo personal. En este sentido, el descanso comienza a entenderse como una inversión en el bienestar.

Así, la reforma puede marcar el inicio de una nueva etapa en las condiciones laborales en México. Frente a este escenario, resulta necesario informarse, analizar distintas posturas y participar activamente. Más que un cambio en el papel o un debate político, el reto será convertir esta reforma en una mejora real en la vida de las personas trabajadoras.

*Licenciado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima. Participa como colaborador egresado

Esta columna forma parte del “Semillero de Formación de Jóvenes en Investigación Jurídica”, coordinado por el Doctor Amado Ceballos Valdovinos, profesor investigador de tiempo completo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima.

Las opiniones expresadas en este texto periodístico de opinión, son responsabilidad exclusiva del autor y no son atribuibles a El Comentario.

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