El Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) aprobó durante la Octava Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local (PEL) 2023-2024, el acuerdo relativo a la determinación de los topes de gastos de campaña para las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos de la entidad rumbo a las elecciones del próximo domingo 2 de junio, así como la reasignación presupuestal 2024 tras el recorte financiero que hizo el Congreso del Estado al órgano electoral local.
Según se dio a conocer a través de un boletín de prensa, el primer punto se dio conforme a las reglas establecidas en el Código Electoral del Estado. Para el caso de las diputaciones, según el distrito de que se trate: multiplicando el número de electores del padrón electoral, por un tercio del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Para ayuntamientos, el tope máximo para cada planilla de candidaturas, será el determinado para el municipio que corresponda: multiplicando el número de electores del padrón electoral del municipio respectivo, por un tercio del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Derivado de lo anterior, el Consejo General aprobó el tope de gastos de campaña al que habrán de sujetarse los partidos políticos y candidaturas independientes, en su caso, para la elección de integrantes de las diputaciones locales y los ayuntamientos, de la siguiente manera:
Tope de gastos de campaña para la elección de diputaciones
DISTRITO | MUNICIPIO | CIUDADANÍA INSCRITA EN EL PADRÓN ELECTORAL | UN TERCIO DE LA UMA ($108.57) | IMPORTE DE TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA |
01 | Colima | 40,297 | $36.19 | $1´458,348.00 |
02 | Colima | 40,872 | $36.19 | $1´479,158.00 |
03 | Colima | 38,360 | $36.19 | $1´388,248.00 |
04 | Villa de Álvarez-Comala | 37,888 | $36.19 | $1´371,167.00 |
05 | Villa de Álvarez-Coquimatlán | 36,401 | $36.19 | $1´317,352.00 |
06 | Colima-Cuauhtémoc | 39,696 | $36.19 | $1´436,598.00 |
07 | Villa de Álvarez | 39,470 | $36.19 | $1´428,419.00 |
08 | Villa de Álvarez | 35,767 | $36.19 | $1´294,408.00 |
09 | Manzanillo-Armería | 39,742 | $36.19 | $1´438,263.00 |
10 | Tecomán | 31,044 | $36.19 | $1´123,482.00 |
11 | Manzanillo | 34,736 | $36.19 | $1´257,096.00 |
12 | Manzanillo | 33,168 | $36.19 | $1´200,350.00 |
13 | Manzanillo | 36,303 | $36.19 | $1´313,806.00 |
14 | Manzanillo-Minatitlán | 38,529 | $36.19 | $1´394,365.00 |
15 | Tecomán | 30,994 | $36.19 | $1´121,673.00 |
16 | Tecomán-Ixtlahuacán | 31,941 | $36.19 | $1´155,945.00 |
SUMA | 585,208 | —– | $21´178,678.00 |
Tope de gastos de campaña de Ayuntamientos
MUNICIPIO | CIUDADANÍA INSCRITA EN EL PADRÓN ELECTORAL | UN TERCIO DE LA UMA ($108.57) | IMPORTE DE TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA |
Armería | 22,245 | $36.19 | $805,047.00 |
Colima | 134,274 | $36.19 | $4´859,376.00 |
Comala | 18,120 | $36.19 | $655,763.00 |
Coquimatlán | 17,095 | $36.19 | $618,668.00 |
Cuauhtémoc | 24,951 | $36.19 | $902,977.00 |
Ixtlahuacán | 5,367 | $36.19 | $194,232.00 |
Manzanillo | 151,767 | $36.19 | $5´492,448.00 |
Minatitlán | 8,466 | $36.19 | $306,385.00 |
Tecomán | 88,612 | $36.19 | $3´206,868.00 |
Villa de Álvarez | 114,311 | $36.19 | $4´136,915.00 |
TOTAL | 585,208 | ——- | $21´178,678.00 |
Por otro lado, el Consejo General determinó asignar como presupuesto de ingresos del Instituto Electoral del Estado correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, aprobado por el Congreso del Estado, la cantidad de $155’051,474.00, que sólo da cobertura hasta el mes de octubre de este año, de conformidad con las necesidades de este Instituto para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados por mandato constitucional y legal.
Cabe destacar que, del total, la cantidad de $60’771,126.00, es decir, el 39.19%, corresponde al Financiamiento Público Ordinario a Partidos Políticos, quedando disponible para gasto operativo del Instituto $94’280,348.00 equivalente al 60.81% del presupuesto global necesario para esta institución.
Es así que toda vez que el presupuesto aprobado al instituto para el ejercicio fiscal 2024 por parte del Congreso, mediante Decreto número 383, es menor al originalmente solicitado, se ponen en grave riesgo los trabajos, actividades y funcionamiento operativo de esta institución y se advierte la imposibilidad en el cumplimiento de los trabajos y fines que le encomiendan la Constitución federal, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Constitución local, el Código Electoral del Estado y demás ordenamientos legales aplicables.
Durante la sesión referida también fueron presentados los informes que rinden las Comisiones de Administración, Prerrogativas y Partidos Políticos; Asuntos Jurídicos; Capacitación Electoral y Educación Cívica; Editorial y Medios de Comunicación; Organización Electoral; e Igualdad y Perspectiva de Género y No Discriminación, correspondientes al cuarto trimestre de la anualidad anterior.
En otros puntos más, se aprobó la designación de la Universidad de Colima como entre auditor del sistema informático para la operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP); y el acuerdo por el que se instruye a los Consejos Distritales o Municipales, según corresponda, para supervisar las actividades relacionadas con el diseño, implementación y operación del PREP en los Centros de Acopio y Transmisión de Datos (CATD) y, en su caso, Centro de Captura y Verificación (CCV).
Además, se aprobaron actas pasadas y la Secretaría Ejecutiva presentó el informe respecto de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida y/o conteos rápidos no institucionales durante el actual proceso electoral.