Jue. Sep 12th, 2024

Abroga Congreso del Estado la Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura tras reforma constitucional

El diputado Crispín Guerra Cárdenas, coordinador del grupo parlamentario del PAN, en tribuna del Congreso. (Foto de redes sociales)

Las diputadas y diputados de la Sexagésima Legislatura del Estado aprobaron la abrogación de la Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes del Estado de Colima.

La iniciativa había sido planteada por la diputada panista Sandra Patricia Ceballos Polanco y el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), donde se señaló que esta abrogación responde a una reforma constitucional publicada el 10 de julio de 2015, que modificó el artículo 63, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta reforma reservó al Congreso de la Unión la facultad exclusiva de expedir leyes generales en materia de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, lo que llevó a la propuesta de eliminar la ley estatal vigente, publicada en el periódico oficial El Estado de Colima mediante el decreto 401, de 25 de octubre de 2014.

El dictamen fue presentado por el diputado Crispín Guerra Cárdenas, coordinador del grupo parlamentario del PAN, quien argumentó que la abrogación de la normativa estatal era necesaria para evitar confusiones entre los operadores jurídicos y la ciudadanía. Según Guerra Cárdenas, la ley estatal ya no tiene eficacia ni aplicación práctica tras la publicación de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, expedida el 26 de junio de 2017.

Guerra Cárdenas destacó que la ley estatal es vigente pero no válida, ya que cualquier aplicación de la misma carece de efectividad y podría ser impugnada en los tribunales federales. Además, los servidores públicos deben aplicar la Ley General en casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, lo que ha hecho que la ley estatal carezca de aplicación práctica.

El diputado subrayó que la abrogación de la ley estatal no implica que se dejarán de prevenir y sancionar los casos de tortura y tratos crueles en el Estado de Colima; simplemente se adoptará la Ley General. También mencionó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha invalidado normativa estatal similar en casos anteriores, como la Acción de Inconstitucionalidad 57/2018 del Estado de Baja California y la Acción de Inconstitucionalidad 109/2017 del Estado de Hidalgo.

De acuerdo con los transitorios del decreto aprobado, la abrogación se realiza en los términos del Decreto que reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2015. Los hechos cometidos y los procedimientos iniciados antes de la vigencia de la Ley General se sustanciarán de acuerdo con la legislación aplicable en el momento de su comisión o del inicio de los procedimientos.

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