El Contrato de Amor y sus vericuetos
Por Oscar Daniel Arellano Delgado*
“Que no se me olvide decirle a don Pedro, -¡vaya muchacho listo ese Pedro!-, decirle que no se le olvide decirle al juez que los bienes son mancomunados. Acuérdate, Fulgor, de decírselo mañana mismo”- (Rulfo. Pedro Páramo).
El matrimonio es, en la mayoría de las veces, un acto dotado de idealización y componentes amorosos celebrado entre 2 personas, pero no solo hay que verlo como eso, sino que debe entenderse también como un acto jurídico complejo, un contrato donde se establecen cláusulas que, por la empeño del amor o por falto de entendimiento (comprensión, ignorancia), significan un riesgo en un futuro lejano o a veces no tanto. En el estado de Colima, se establecen 2 formas de establecer un matrimonio: por separación de bienes o por sociedad conyugal (bienes mancomunados), siendo esta última manera, el foco de atención durante el siguiente escrito.
La sociedad conyugal es un convenio (acuerdo), manifestación de voluntades, en el que las partes que contraen matrimonio obtienen en pertenencia de los bienes del otro, tanto actuales como los que se puedan conseguir mientras los individuos sean consortes (esposos), es decir, se encontrarán en un estado de copropiedad con respecto a sus bienes. El problema aquí es que, esta figura jurídica puede ser aprovechada malintencionadamente por alguna de las partes y desembocar en un problema legal o peor aún, la pérdida de las propiedades que con esfuerzo se habían conseguido a lo largo de la vida, cosa que de una u otra manera, muchos preferirían evitar.
Cuando una persona vaya a tomar la decisión de contraer matrimonio con otra, debe pensarse claramente en qué cosas se van a acordar o delimitar, en cada caso se deben formular cláusulas específicas con vista a la protección de uno mismo (recordar este concepto: capitulaciones matrimoniales). Siempre es recomendable entablar dialogo y, como pareja, entender las pretensiones de cada uno para llegar a un común acuerdo que deje conformes (o a veces no) a los futuros esposos.
Empezar un litigio no solo significa una pérdida enorme de dinero, sino que también, el juicio será una actividad de duración considerablemente prolongada si no se establecieron cláusulas específicas que blindaban la seguridad del individuo, esto también sin contar el desgaste físico y emocional de las personas en el proceso.
Es por ello que este escrito insta en informar que en el acto más “bello” de amor entre individuos hay consecuencias grandes que en el momento no son visibles entre las partes. No se trata de un “no se casen”, solo de un aviso a la prevención, diálogos y mutuos acuerdos pre-matrimoniales.
Estudiante de cuarto semestre de la Facultad de Derecho U. de C*. Forma parte del “Semillero de Formación de Jóvenes en Investigación Jurídica” coordinado por el Dr. Amado Ceballos Valdovinos.
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