Por José Luis Negrete Ávalos
A pocas semanas de llevarse a cabo el inédito ejercicio de la elección judicial en nuestro país, el próximo domingo primero de junio del 2025, ejercicio en el cual se pretende elegir por medio del voto directo a integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Magistrados, Magistradas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) entre otros cargos que dan una tonalidad aproximada de 881 cargos a elegir.
Entre estos se encuentra el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) que tendrá como función principal la observación sobre el desempeño de los mismos integrantes del poder judicial y el ejercicio de estos en el día a día.
Al mismo tiempo de este ejercicio novedoso propiciado por la reforma al poder judicial, se desarrolla al mismo tiempo un aspecto conocido plenamente en nuestro país, un proceso electoral, en el que con regularidad se conoce cada uno de los pasos a seguir y los procedimientos en los que se dan a conocer los resultados después del tiempo en el que se cierran las casillas y se dan los conteos recurrentes.
Un proceso aparentemente sencillo, pero para el caso de la elección judicial la ejecución de este proceso cambia en algunos aspectos, principalmente es la cantidad de candidatos y candidatas presentados, el número de boletas asignadas por distintos colores, remarcando los distintos cargos.
Este proceso electoral en el cual el poder judicial está a la espera de la decisión del votante, con la cual se integrará plenamente la estructura, y el movimiento de este poder.
Ante esta inédita fecha del primero de junio, ante la novedad del ejercicio electoral hacia el poder judicial, puede aparecer directa o indirectamente un cuestionamiento ¿Realmente el ejercicio de votación hacia el poder judicial es la base justa para sostener a este poder?
Bajo una observación objetiva y concreta en el hecho de que todo ejercicio novedoso, genera una cierta incertidumbre en su cumplimiento o por lo menos en su totalidad, es entendible que el proceso de votación para la elección del poder judicial tiene que ser distinto a que con regularidad es conocido en votaciones para presidente, gobernadores, presidentes municipales, diputadas o diputados, si bien la intención es generar un proceso adecuado, viable y preciso en el que el ciudadano pueda elegir al candidato o candidata de su preferencia, de acuerdo al cargo cargos señalados en cada una de las boletas, esa intención puede tener una cierta dificultad en el conocimiento de los pasos a seguir por la mayoría de la población, si bien es cierto sea el INE ha procurado ejercicios.
Por mínima que sea la incertidumbre que pueda generarse al momento del voto precisamente sobre los pasos a ejecutar, lo importante es que, de las elecciones procedentes para el primero de junio, puedan surgir realmente los perfiles, los candidatos y candidatas idóneos para cada uno de los cargos dispuestos, de esos 881 cargos, en los cuales se cimentará la base del poder judicial, ese poder que debe resguardar la seguridad, la paz, el orden y la justicia. Confiando en que se logre el objetivo de un pleno Estado de derecho.
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