La prohibición de la comercialización, producción, fabricación, importación y exportación de vapeadores y cigarros electrónicos en México entrará en vigor este viernes 16 de enero, tras la publicación de la reforma a la Ley General de Salud.
Según publica Reforma en su edición digital, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó este jueves las distintas reformas, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones de la Ley General de Salud, las cuales se establecieron en el Congreso de la Unión en diciembre pasado.
En ello, se establece que queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso, de los cigarrillos electrónicos y vapeadores.
El decreto, precisó Reforma, publicado también establece la prohibición de la publicidad o propaganda para el consumo de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.
“La autoridad sanitaria podrá llevar a cabo la verificación, la aplicación de medidas de seguridad y la disposición sanitaria de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos. Lo anterior, con independencia de las acciones que correspondan a otras autoridades en su respectivo ámbito de competencia”.
Con información de Reforma

