Sáb. Sep 28th, 2024

COLUMNA: Polisemia de la seguridad

Por Redacción Jun26,2024 #Opinión

Por Doctor Roberto García Avendaño*

avendano@ucol.mx

Cuando escucho una conversación cotidiana sobre la seguridad, me pregunto ¿Cuál seguridad?, pues es un concepto que se puede entender de muchas y diversas formas, tiene un número muy amplio de adjetivos y, dependiendo del contexto en que se mencione, puede interpretarse de diversas maneras.

Como punto de partida, pudiéramos iniciar con el origen de este vocablo. El Diccionario Etimológico Castellano (Castellano, 2024) nos ilustra diciendo que seguridad viene del latín “securitas” que significa estar sin preocuparse. A partir de esto, se añaden un sinfín de significados y adjetivos, pues la palabra complementa una diversidad de conceptos más como son: seguridad pública, seguridad privada, seguridad nacional, seguridad ciudadana, seguridad humana, bioseguridad, seguridad industrial, seguridad e higiene, seguridad social, seguridad jurídica, seguridad alimentaria, seguridad activa, seguridad pasiva, entre otros.

Para el Diccionario de la Lengua Española (Española, 2024), seguridad se entiende como ausencia de peligro, ausencia de duda, imposibilidad de fallo o, como referencia a una construcción o mueble, la protección ante posibles fallos. Sus antónimos serían la presencia de peligro, duda o la posibilidad de un fallo.

Como lo señale en la columna pasada, lo que nos ocupará en esta y futuras redacciones será reflexionar sobre la seguridad. Hoy habremos de distinguir entre algunas definiciones de ella, como lo es la seguridad pública, que podemos entenderla como un derecho humano, pero también como un servicio prestado por el Estado que tiene como finalidad salvaguardar la integridad física y bienes de las y los habitantes de una comunidad. Al menos así se entiende a partir de lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, donde el Estado mexicano en el uso legítimo de la fuerza ejerce su imperium (dominio) en el territorio nacional. Sin embargo, esta función, de conformidad con nuestro propio marco normativo, no tiene que recudirse solo a los cuerpos militares, navales y policiacos sino que es una función mucho más amplia. Como lo señala la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH, Informe Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el Ejercicio Efectivo del Derecho Humano a la Seguridad Pública en nuestro país, 2006) la seguridad pública implica que el Estado establezca mecanismos para evitar y atender la comisión de conductas delictivas, ampliando mucho el abanico de responsabilidades, ya que existen un numero extenso de causas sociales, culturales, económicas e históricas del comportamiento delictivo.

Por otro lado, está la seguridad ciudadana (Ramírez, 2024), que se presentó en la literatura principalmente a finales del siglo pasado como un concepto fresco y, que al igual que la seguridad pública, pretende proteger la integridad física y bienes pero con un componente más que el modelo tradicional, es decir, ahora se incluyen ejercicio de derechos y libertades y la tarea sigue correspondiendo al Estado, pero no como un poder dominante sino como un guía o líder del quehacer social, pues este modelo (me recuerda la definición de gobernanza) busca involucrar a diversos actores sociales en la toma de decisiones y en la ejecución y evaluación de las mismas.

Un concepto que se presenta como uno de los más avanzados y que genero revuelo (Mack, 2024) a partir de 1994 cuando se incluyó en el Informe sobre Desarrollo Humano del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, es el de seguridad humana. Tiene como finalidad identificar y atender los riesgos internos de una nación relacionadas con temas económicos, alimenticios, ambientales, comunitarios, políticos y de salud,buscando que los seres humanos vivan en libertad y tranquilidad ante las amenazas que se les presentan de forma cotidiana. Fueron los Estados de Canadá, Japón y Noruega los que primeramente adoptaron este concepto que en la actualidad se ha desarrollado en varias naciones.

Existen otros 2 conceptos que van muy de la mano con los anteriores y que de repente en el imaginario colectivo se confunden o que las mismas narrativas de distintos grupos de interés se utilizan indistintamente.

La seguridad privada es un concepto muy similar al de seguridad pública, ya que tiene la misma finalidad, solo que de manera acotada o por lo menos así se infiere de la Ley Federal de Seguridad Privada, pues también busca proteger la integridad física y bienes de los particulares, pero este servicio no es ofrecido por Estado (aunque si regulado) sino por un particular que se dedica, con fines de lucro, a ofrecer este encargo, pero sobre todo las acciones en esta materia no son sociales, como se plantean en el caso del Estado, sino más bien son disuasivas y reactivas ante la delincuencia.

Finalmente, el otro concepto es el de seguridad nacional, que de conformidad con nuestro marco normativo (Ley de Seguridad Nacional), son las acciones destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano. A diferencia de la seguridad pública, privada, ciudadana o humana, lo que interesa proteger en esta ocasión es al Estado y sus elementos weberianos (que incluyen la población). Además, en esta definición el Estado ejerce su imperium (dominio) para garantizar su soberanía frente a otros Estado o al interior ante los grupos de poder locales, regionales o nacionales.

Con la finalidad de proteger al Estado, se han mezclado desde mediados del siglo pasado los conceptos de seguridad nacional y seguridad pública para, con ello, legitimar sobre todo la participación de las fuerzas castrenses en la estrategia de seguridad en cada ámbito de gobierno, pero ello será motivo de otra redacción.

Lo cierto que es que, como se aprecia, los conceptos, adjetivos y elementos de la seguridad son muchos y diversos. Comentar sobre la seguridad implica reflexionar sobre qué entendemos por la misma, como la visualizamos y cuáles son sus alcances y limitaciones. Por lo tanto, les invito a enriquecer estas definiciones con sus propias experiencias y definir siempre el punto de partida cuando tengan una conversación sobre la seguridad.

Trabajos citados

Castellano, D. E. (18 de Junio de 2024). Diccionario Etimológico Castellano. Obtenido de Diccionario Etimológico Castellano: https://etimologias.dechile.net/?seguridad

CNDH. (2006). Informe Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el Ejercicio Efectivo del Derecho Humano a la Seguridad Pública en nuestro país. México: CNDH.

CNDH. (18 de Junio de 2024). Informes. Obtenido de Comisión Nacional de Derechos Humanos: https://www.cndh.org.mx/index.php/documento/informe-especial-de-la-cndh-sobre-el-ejercicio-efectivo-del-derecho-la-seguridad-publica

Española, R. A. (18 de Junio de 2024). Diccionario de la Lengua Española. Obtenido de Diccionario de la Lengua Española: https://dle.rae.es/seguridad

Mack, A. (18 de Junio de 2024). Obtenido de El concepto de seguridad huama: https://www.fuhem.es/media/ecosocial/file/Cohesión%20Social/Necesidades,%20consumo%20y%20bienestar/MACK,%20Andrew,%20El%20concepto%20de%20seguridad%20humana,%20Papeles%2090.pdf

Ramírez, J. B. (18 de Junio de 2024). Heinonline. Obtenido de Seguridad ciudadana y seguridad jurídica: https://heinonline.org/HOL/LandingPage?handle=hein.journals/nuefopnl70&div=9&id=&page=

* Trabajador de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y en la Facultad de Trabajo Social

Las opiniones expresadas en este texto periodístico de opinión, son responsabilidad exclusiva del autor y no son atribuibles a El Comentario.

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